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Requisitos para abrir expediente

 
SI DESEAS ABRIR EXPEDIENTE PUEDES HACERLO A PARTIR DEL 
15 DE OCTUBRE DE 2012 HASTA EL 31 DE ENERO DE 2013

REQUISITOS PARA
ABRIR EL EXPEDIENTE ESCALAFONARIO
A PARTIR DE OCTUBRE DE 2012

DEBERÁ CONTAR CON
6 MESES DE ANTIGÜEDAD
EN LA PLAZA INICIAL

1. Primer nombramiento en propiedad (OBLIGATORIO)

2. Último talón de cheque (OBLIGATORIO)

3. Acta de Nacimiento(OBLIGATORIO)

4. Documentos que acrediten su preparación en el caso de los compañeros Docentes es OBLIGATORIO el Certificado Legalizado de la Normal, y en el caso de los Intendentes y Administrativos es OBLIGATORIO el Certificado de Primaria.

De no contar con los documentos marcados como OBLIGATORIOS no podrá Aperturar Expediente bajo ninguna circunstancia.

Los siguientes documentos se pueden anexar solo en el caso de contar con ellos, de lo contrario no son obligatorios para realizar la apertura.

5. Titulo de la Normal, Certificados o Títulos de otras Licenciaturas Docentes o No Docentes, Cetificados de Carreras Técnicas, Certificados Legalizados o Títulos de Maestria o Doctorado de escuelas formadoras de docentes como UPN, CE o ENSE o de escuelas no docentes registradas ante la SEP o en la  UANL. Sólo en el caso de Intendentes y Administrativos, Certificado de Secundaria y Preparatoria.

6. Diplomas y constancias de cursos o documentos con valor escalafonario

7. Últimos 5 Créditos Escalafonarios
(2007-2008, 2008-2009, 2009-2010, 2010-2011, 2011-2012)


Deberá llenar la cédula de inscripción de manera personal (proporcionada por la Comisión Mixta de Escalafón Federal)

Cada documento se presentará en original y dos copias por ambos lados estrictamente, de lo contrario, no se podrá anexar el documento.


NOTAS IMPORTANTES

*El tramite es personal

*El PRIMER NOMBRAMIENTO en propiedad es aquel que dice ALTA DEFINITIVA impreso de manera vertical. Es importante no confundirlo con el FORMATO ÚNICO, este documento no es necesario y no sustituye al documento solicitado bajo ninguna circunstancia.

Si en algún momento estuvo sujeto a CAMBIO DE CLAVE O NIVEL EDUCATIVO (Por ejemplo: inicio a laborar con clave base de administrativo y ahora cambio a clave base de maestro y apenas va aperturar expediente, es decir, no tiene expediente escalafonario en el nivel administrativo; o en otro caso, inicio en el nivel de primarias y ahora cambio al nivel de secundarias y apenas va aperturar expediente, es decir, no tenia expediente en primaria.) deberá presentar el PRIMER NOMBRAMIENTO con la clave con la que inicio en el sistema y el NOMBRAMIENTO correspondiente a la clave asignada por el cambio y que lo coloca en el nivel educativo donde va aperturar expediente. Ambos documentos son OBLIGATORIOS y deberán presentarse en original y dos copias sin excepciones.

*Si anexa un Certificado deberá estar LEGALIZADO, de lo contrario, no se podrá anexar el mismo y de ser un documento OBLIGATORIO no se podrá completar el proceso de apertura.